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Modificación de la Ley del Principado de Asturias 4/2015, de 6 de marzo, de Atención Integral en materia de Drogas y Bebidas Alcohólicas.

12 julio 2017

En el Boletín Oficial del Principado de Asturias de 12 de julio de 2017 se publica la Ley del Principado de Asturias 5/2017, de 30 de junio, de primera modificación de la Ley del Principado de Asturias 4/2015, de 6 de marzo, de Atención Integral en materia de Drogas y Bebidas Alcohólicas, mediante la cual se modifica la redacción de la letra f) del artículo 21.

“f) Se prohíbe la publicidad de bebidas alcohólicas en cualquier tipo de soporte de titularidad pública o ubicado en terrenos de titularidad pública, ya sea digital, audiovisual o físico, como vallas publicitarias, marquesinas, mupis, mo­biliario urbano o publicaciones. Esta prohibición no afectará a la publicidad de bebidas cuya graduación no supere los veinte grados centesimales, sin perjuicio de que, en el caso de tratarse de publicidad exterior, la misma ha de situarse, además, a más de doscientos metros del perímetro de centros educativos de enseñanza infantil, primaria y secundaria o de centros sociales destinados al apoyo a personas con problemas de alcoholismo”.

La Ley del Principado de Asturias 5/2017 de 30 de junio entra en vigor al día siguiente la su publicación en el Boletín Oficial del Principado de Asturias.

Texto Ley del Principado de Asturias 5/2017, de 30 de junio